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Al borde del juicio el venadense acusado de amenazar la Embajada Británica

(PR) La Cámara Federal porteña confirmó el procesamiento de un hombre de Venado Tuerto que había enviado mensajes intimidatorios y amenazas al personal de la Embajada de Gran Bretaña. No fue una decisión unánime. Uno de los jueces entendió que todavía faltaban elementos para inculparlo, al hacer lugar a analizar uno de los planteos de la defensa: que los mensajes habían sido “poco serios”. Pero otros dos jueces resolvieron ratificar el procesamiento y dejarlo al borde del juicio oral. 

 

Hace dos meses, el juez Ariel Lijo le imputó a Fernando L. el haber amenazado de muerte y de forma anónima al personal de la Embajada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en la República Argentina utilizando para ello dos perfiles de la red social Facebook a su nombre, pero con distinto ID, en tres oportunidades entre diciembre de 2021 y junio de 2023, señala el medio Infobae.

Las expresiones, remitidas a la casilla privada, rezaban: “Ingleses hijos de p.. q me chupe bien la p.. la reina p… esa…ojalá se muera de cáncer la p… – Los vamos a matar a todos – Rajen de acá hijos de te mil p..- – Vamos a matar a cualquier inglés q este en argentina – Mal paridos” “Puse un bomba afuera” […] “Chupame la p… inglaaatera – Ojala q te mueras en un accidente – Mal parido”.

 

Cuando le tocó declarar, el acusado reconoció haber enviado los mensajes en el marco de un momento de furia, pero aseguró que jamás tuvo –ni tiene- la intención de atentar contra la salud, la seguridad e integridad de las personas ni de la embajada de Inglaterra de esta ciudad. Dijo que estaba arrepentido y pidió disculpas. Subrayó que no pertenecía a ninguna organización ni grupo político ni poseía armas de fuego en su casa

El juez, no obstante, lo procesó frente a los elementos de prueba. “Aunado a que los mensajes habían sido reiterados, espaciados en el tiempo y enviados a la mensajería privada del perfil oficial del país en Facebook, permitía inferir una planificación mayor que configuraba el delito de amenazas”, señaló.

 

Pero la defensa apeló diciendo que “las constancias obrantes en la causa habían sido valoradas arbitrariamente”, que las expresiones eran poco serias, ya que habían sido hechas desde su cuenta personal de “Facebook” – identificada con su nombre y apellido- y en un lapso de un año y medio y que no había existido delito.

Sin embargo, los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi resolvieron confirmar el procesamiento. “Se advierte correcta la valoración efectuada por el juez de grado por cuanto existen en autos elementos de convicción suficientes que permiten tener por acreditada, con el grado de probabilidad exigido en esta instancia, la responsabilidad del nombrado en el hecho materia de investigación”.

 

Para Bruglia y Bertuzzi, “resulta relevante la reiteración de las amenazas, las cuales fueron enviadas en tres oportunidades en el lapso de un año y medio aproximadamente, demostrando una actitud conciente, intencionada y permanente por parte de L. descartándose la posibilidad de suponer un simple ‘…momento de enojo…’ como señaló el nombrado en su descargo”.

 

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