(PR/NormaMigueles) Tras la resolución de la Cámara Penal de Venado Tuerto, que el 7 de julio declaró prescripta la causa conocida popularmente como «Mega Estafa II», el MPA presentó ante la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe un recurso de inconstitucionalidad.
Se trata de un expediente que tramita 31 hechos consumados de estafa, 23 tentativas y 5 casos de falsedad ideológica.
Sin dudas, esta causa —controvertida y de alto impacto social, tanto por la cantidad de imputados como de víctimas, y por el volumen económico de la estafa que incluía valiosos campos en Venado Tuerto y la región— aún da mucha tela para cortar. Incluso ha derivado en confrontaciones ideológicas entre el MPA y el juez de Cámara Tomás Orso.
La sentencia cuestionada por la fiscal Mayra Vuletic fue dispuesta por el camarista Orso e implicó el sobreseimiento de cuatro acusados, tres de los cuales ya fueron condenados (dos de ellos cumplen prisión efectiva) por ilícitos similares investigados en otro legajo, aunque dicha sentencia aún no está firme. Ahora, la Corte Suprema de Justicia de la provincia deberá definir si admite el planteo.
Vuletic afirmó que “la sentencia que recurrimos perjudicó a decenas de víctimas y atentó contra el sentido de justicia, lo cual generó un verdadero estado de impunidad”. En ese sentido, manifestó que “lo resuelto afecta claramente derechos y garantías constitucionales”.
Audiencias imputativas
La fiscal informó que “el fallo recurrido deja sin efecto la acusación, que había sido admitida en noviembre pasado” y explicó que “el camarista consideró que, al haber pasado seis años desde el inicio de la investigación sin que se haya realizado un juicio, la causa prescribió”, y remarcó que “esa interpretación es contraria a la ley vigente, ya que no contempla que en marzo de 2021 se realizó la audiencia imputativa y, el año pasado, se amplió la atribución delictiva”.
“Al no considerar las imputaciones como actos interruptivos de la prescripción, el magistrado de la Alzada anuló la importancia y el alcance que estas tienen dentro del proceso penal y cercenó arbitrariamente la actividad de la Fiscalía”, aseveró Vuletic.
Por otro lado, la funcionaria del MPA mencionó que “la postura del juez Orso contradice la posición de otros camaristas de Venado Tuerto que, de acuerdo con precedentes provinciales y nacionales significativos, intervinieron en otros legajos y le dieron un sentido contrario a la misma norma”.
Además, recordó que “las personas que fueron sobreseídas estaban acusadas de formar parte de una asociación ilícita mediante la cual se apoderaron e intentaron apropiarse de terrenos ajenos, con el fin de defraudar a terceros de buena fe a quienes les vendieron esos inmuebles mediante operaciones apócrifas”.
Condenados
En el marco de la primera investigación por megaestafas inmobiliarias cometidas en Venado Tuerto y localidades aledañas, hubo 18 personas condenadas. El fiscal a cargo de esa causa fue el actual Fiscal Regional, Matías Merlo.
En ese proceso, Antonio Di Benedetto fue condenado a 12 años de prisión, inhabilitado por 10 años para ejercer su profesión de abogado y multado. La pena se le impuso como jefe y organizador de una asociación ilícita; coautor de estafa, tentativa de estafa y uso de documento falso; y coautor e instigador de falsedad ideológica.
Por su parte, el hombre de iniciales R. J. fue condenado a 10 años de prisión y multado por integrar una asociación ilícita, ser coautor de estafa y uso de documento falso, así como coautor, partícipe necesario e instigador de falsedad ideológica.
Finalmente, a M. S. se le impusieron tres años y seis meses de prisión efectiva y una multa por ser miembro de una asociación ilícita, y como coautor de tentativa de estafa y falsedad ideológica.


