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Confirmaron la condena a prisión perpetua del policía que cometió el femicidio de Claudia González

El tribunal de segunda instancia confirmó la condena a prisión perpetua impuesta al policía Iván Jesús Leguizamón, de 32 años, por la autoría del femicidio de su expareja Claudia Lorena González, hecho ocurrido en 2021 sobre Ruta Provincial 90, a pocos kilómetros de la localidad de Elortondo.

Los camaristas Juan Pablo Lavini Rosset, Daniel Curik y Alfredo Ivaldi Artacho rechazaron los agravios presentados por la Defensa. El fiscal Julián Cochero representó al MPA en la audiencia de apelación que se realizó en los tribunales Venado Tuerto.

Observaciones insustanciales

El fiscal Cochero indicó que «mediante agravios reiterativos e inconsistentes, la abogada defensora solicitó la absolución del condenado, con el argumento de que en el juicio oral hubo una valoración parcial y arbitraria de la prueba».

Sin embargo, en un voto al que adhirieron los otros dos camaristas, el juez Lavini Rosset afirmó que «la Defensa realizó observaciones que se aprecian insustanciales, incapaces para variar el estado conviccional sobre la autoría de Leguizamón y torcer así su decisión”.

Por otro lado, en respuesta a un agravio defensivo vinculado a la calificación penal del ilícito, el presidente del tribunal de la Alzada sostuvo: «No tengo dudas de que el hecho cometido por Leguizamón ha constituido un brutal acto de violencia hacia la mujer». En esa línea, destacó la existencia de un «cuadro probatorio con alta carga incriminante”.

Los hechos

El fiscal recordó que «el femicidio fue cometido minutos antes del mediodía del sábado 18 de septiembre de 2021, cuando Leguizamón y otros dos policías transitaban por la Ruta Provincial 90, sentido Elortondo – Chapuy en un patrullero de la Policía de Seguridad Vial de la provincia, cuando vieron que por la mano contraria circulaba un automóvil en el que la víctima (Claudia González) iba con un hombre».

«Los policías comenzaron una persecución con señas de luces, baliza y sirena encendidas, hasta que a uno tres kilómetros de Elortondo, cruzaron el patrullero, por lo que el vehículo en el que viajaba la mujer tuvo que detenerse en la banquina», agregó.

Según expuso, «Leguizamón bajó del móvil oficial, se acercó a la ventanilla del otro auto y le ordenó al conductor que descendiera, lo cual él acató. En ese momento, Leguizamón realizó un disparo con su arma reglamentaria hacia la cabeza de su ex pareja, quien falleció en el acto a causa del ataque».

«Tras matar a la mujer, el agresor también trató de dispararle a la persona que había llegado con ella, pero no pudo concretar su objetivo porque el arma se encasquilló. Ambos forcejearon y el hombre que resultó víctima logró sacarle el arma al condenado, quien a su vez intentó ahorcarlo», continuó.

Calificación penal

Por haber provocado la muerte de González, Leguizamón fue condenado como autor de femicidio agravado (por el vínculo de pareja que habían tenido, por el uso de arma de fuego y por el abuso de la función de integrante de una fuerza de seguridad).

En tanto, por el ataque al marido de la víctima, recibió la pena como autor de una tentativa de homicidio agravado (por abuso de su función en la fuerza de seguridad).

Inacción

Cochero mencionó que «los ilícitos transcurrieron ante la inacción de los dos policías que estaban con Leguizamón en ese momento». En tal sentido, detalló que «se trata de Jonatan Matías Rojo y Mario Luciano Agüero, quienes en 2023 fueron condenados por el incumplimiento de sus deberes como funcionarios públicos».

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