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viernes 26 julio 2024
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El Gobierno de Venado Tuerto labró un acta por el uso indebido de pirotecnia en un partido de fútbol

(PR) Este miércoles por la noche se disputó la segunda final de Cuarta Especial «B» de la Liga Venadense de Fútbol, donde Centenario y San Martín de Chovet empataron 0 a 0 y el campeón se definirá en tercer partido. Más allá del resultado del encuentro que se jugó en estadio «Felipe Widmer», de Venado Tuerto, el Municipio labró actas de infracción por el uso de pirotecnia no autorizada por parte de la hinchada visitante.

Al respecto, en diálogo con VerTv, el Juez de Faltas municipal, Stéfano Quaglia, explicó que «en el año 2015 se sancionó una ordenanza que declara a la ciudad de Venado Tuerto como territorio libre de pirotecnia». «Desde el Tribunal de Faltas, cuando se labra un acta de infracción, hay que sancionar en función a la normativa vigente», agregó.

«La ciudadanía tiene que tomar conciencia del daño que genera el uso de la pirotecnia tanto en chicos que poseen algún tipo de discapacidad como en los animales. Respecto a este hecho puntual, todavía no han llegado las actuaciones administrativas correspondientes al Tribunal, pero una vez que las tengamos en nuestro poder, intentaremos dilucidar lo ocurrido en función de las actas y los informes que debe elevar el área de Inspección General, que estuvo presente en el lugar», contó.

En la misma línea, indicó: «Esto se dio en el marco de un encuentro deportivo, hay que establecer cuáles son las responsabilidades que tienen los clubes, las asociaciones involucradas y la fuerza de seguridad. También, creo que es una responsabilidad de todos como ciudadanos. En estos casos, tanto la Provincia como el Municipio tenemos que trabajar en conjunto para paliar esta problemática».

A su vez, el funcionario remarcó que «la ordenanza es bastante clara y tajante en cuanto a la normativa». «Uno sabe que por internet puede comprar la pirotecnia y le puede llegar a su casa tranquilamente, pero en Venado Tuerto está prohibida. Nosotros vamos a seguir insistiendo respecto a este tema e incluso creo que debemos extender esta normativa», enfatizó.

«Esperemos que ahora, con el cambio de gobierno, este tema llegue a la agenda oficial y que la provincia de Santa Fe sea declarada como territorio libre de pirotecnia. Considero que eso sería lo más adecuado y daría la posibilidad de resolver esta situación», acotó.

Volviendo al caso puntual ocurrido en cancha de Centenario, Quaglia anticipó que desde el Tribunal de Faltas estarán atentos para aplicar las sanciones que correspondan una vez que estén esclarecidos los hechos, además se le dará el derecho de defensa al club a través del correspondiente descargo que presenten.

«A veces son una o dos personas las que no terminan de comprender la ordenanza e incurren en esta conducta, yo creo que hay una competencia concurrente de todos los actores, tanto de la policía e inclusive del propio árbitro del partido que si observa que no están dadas las condiciones, tiene que suspenderlo», aseguró.

Por último, sostuvo: «A todos nos gusta disfrutar el deporte y me parece que no es la forma y hay otras maneras, también de poder festejar o celebrar sin hacer uso de este tipo de material».

Stéfano Quaglia, Juez de Faltas municipal (Foto: Santiago Córdoba).

¿QUÉ ESTABLECE LA ORDENANZA?

La Ordenanza Nº 4652/2015 fue sancionada por el Concejo Municipal el 2 de septiembre de 2015. La norma prohíbe la fabricación, comercialización, tenencia, uso, manipulación, depósito, circulación y transporte de elementos de pirotecnia en Venado Tuerto. Se entiende por pirotecnia la técnica de fabricación y utilización de materiales explosivos e incluye cohetes, petardos, bombas de estruendo, cañas voladoras, luces de bengala y cualquier otro elemento de carácter pirotécnico que produzca combustión.

De todas maneras, se exceptúa de la prohibición del uso de fuegos artificiales a las celebraciones de interés general que cuenten con previa autorización del Municipio y que los mismos sean manipulados por personas especializadas y en áreas autorizadas, debiendo contar con la presencia de Bomberos Voluntarios, SIES 107 siempre que se usen fuegos artificios de baja sonoridad.

Por último, respecto a las sanciones por el uso indebido de pirotecnia en el ámbito de espectáculos públicos o deportivos, de no identificarse a las personas responsables de la infracción, la entidad (en este caso el club) responderá por dicha falta.

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