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Informe del abogado Hernán Porta: Buenas y malas del proyecto de “modernización laboral” que estudia el Congreso

(PR/Pablo Salinas) Aunque todavía se desconoce a ciencia cierta el proyecto de reforma laboral que el Ejecutivo nacional enviará al Congreso, hay un par de propuestas que ya tienen estado parlamentario, a partir de lo cual el abogado Hernán Porta, realizó un análisis jurídico económico comparativo entre las leyes vigentes y la posible nueva normativa.

Porta, especialista en Derecho Laboral, Comercial y Relaciones del Trabajo, explicó que su trabajo tiene “un enfoque técnico, económico y jurídico”, y toma como base normativa analizada, el proyecto de Ley de Promoción de Inversiones y Empleo, de la diputada santafesina, Romina Diez; la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 (texto ordenado 1976); el DNU 70/23 (como referencia comparativa), y la legislación laboral complementaria vigente.

Modernización laboral
En lo que se refiere a la “modernización laboral”, el abogado detalló que en el proyecto existente en el Congreso se apunta a una “flexibilización de las relaciones laborales: Se reafirma la facultad del empleador para modificar las formas y modalidades de trabajo. Si el empleador dispone de medidas ‘vedadas’ (irrazonables, alteran modalidades esenciales o causan perjuicio), el trabajador sólo podrá optar por considerar despedido sin causa. Elimina la posibilidad de reclamar judicialmente el restablecimiento de las condiciones alteradas, quedando la rescisión (despido indirecto) como única vía”.

La duración de la jornada laboral también es uno de los temas que generó controversia en los últimos días. En el proyecto de la diputada Diez “se habilita a los convenios colectivos de trabajo a establecer regímenes de jornada, respetando un mínimo indisponible de doce (12) horas de descanso entre jornada y jornada”.

En este sentido, Porta explicó que “lo que se establece es que el trabajador debe tener 12 horas de descanso, por lo cual podrían existir acuerdos, donde habiliten al trabajador a trabajar por 12 horas, mientras se garanticen esas 12 horas mínimas de descanso”.

Para incentivar el empleo, la normativa en análisis, propone “bonos de crédito fiscal”, que se otorgarían a “empleadores que contraten nuevo personal dentro de los primeros dieciocho (18) meses de vigencia de la ley, con porcentajes de reintegro según el tamaño de la empresa (100% para microempresas, 75% para pequeñas empresas, 50% para medianas empresas y 25% para grandes empresas”.

Riesgos y beneficios
Sin embargo, Porta reconoció que el trabajador sufriría cierta desprotección, a partir de “la facultad unilateral del empleador para modificar condiciones laborales, la limitación del derecho a impugnar sanciones (30 días), y la reducción de la base remunerativa para cálculos indemnizatorios”.

La precarización laboral es otro punto que preocupa al letrado, tomando como base la posibilidad de fragmentar vacaciones (mínimo 1 semana); la flexibilización de la jornada con solo 12 horas de descanso, y los controles médicos más restrictivos para licencias por enfermedad.

A esto se sumaría un desbalance en la relación empleador-empleado, con la limitación de la negociación colectiva en algunos aspectos”.

Estos cambios, para las empresas redundarían en una mayor flexibilidad operativa; reducción de costos laborales; incentivos fiscales inmediatos, y tiene como riegos una mayor responsabilidad en controles médicos, y posible conflictividad por cambios unilaterales.

Para el caso de los trabajadores uno de los beneficios sería la posibilidad de nuevas oportunidades de empleo; mantenimiento de beneficios sociales ampliados; en tanto que por el lado negativo estaría la “menor estabilidad laboral; reducción de protección ante cambios laborales, y limitación de derechos licenciatorios”.

Por su parte, el Estado se beneficiaría con un potencial aumento del empleo registrado, y la atracción de inversiones medianas, aunque corriendo el riesgo de una reducción temporal de recaudación, y una mayor carga de control y fiscalización”.

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