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La Afsca apeló el fallo contra la Ley de Medios

(Redacción Rosario) La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) presentó este viernes el recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra el último fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal sobre la Ley de Medios.

Así lo confirmó un comunicado del organismo en el que también se informó que la Jefatura de Gabinete realizó el mismo viernes una presentación similar ante el máximo tribunal.

“Ambos pedidos solicitan la apelación al fallo de la Cámara Civil y Comercial, que el pasado 17 de abril declaró la inconstitucionalidad de una parte del artículo 45 y del segundo párrafo del artículo 48 de la Ley de medios”, señaló la autoridad de aplicación de la ley de Medios en el texto.

El escrito presentado ante la Corte sostiene también que la Cámara ha incurrido en “apreciaciones ideológicas parcialmente destinadas a satisfacer los intereses del actor (Clarín)”.

Además, la Afsca cuestionó que los jueces de la Cámara se hayan excedido en su función judicial y hayan volcado “manifestaciones ideológicas” en cuanto a la conveniencia o no de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Según se consideró en la presentación ante la Corte, con esta actitud los jueces “invadieron el ámbito del Poder Legislativo que es quien está legitimado para evaluar la conveniencia, mérito y oportunidad de las normas, debiendo limitarse la justicia a verificar si vulnera la Constitución”.

Por otra parte, en el escrito se destacó que “la Cámara sólo declaró inconstitucional las partes del artículo 45 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que, puntualmente, perjudicaban al Grupo Clarín, avalando la constitucionalidad de las que no lo involucraban directamente”.

También, se cuestionó la lectura “economicista” que hicieron los jueces sobre la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual al darle “primacía a las potenciales (no probadas) afectaciones económicas del Grupo Clarín como consecuencia de su readecuación (…) por sobre el resguardo del colectivo social que esa norma procura al promover la competencia”.

El jueves Clarín había hecho lo propio, aunque sólo objetó algunos de los aspectos del fallo –del que en general resultó favorecido–, concernientes a la transferencia y multiplicidad de licencias y adecuación de sus titulares que establecen los artículos 41, 45 y 161.

Según consignó el diario Tiempo Argentino en su edición de este viernes, el escrito de apelación del holding estaba dirigido a sólo esos tres puntos del fallo.

El artículo 41 es el de la “transferencia de las licencias” y fue avalado por el fallo en cuanto a que “las autorizaciones y licencias de servicios de comunicación audiovisual son intransferibles”, establece excepciones muy delimitadas a esa situación.

Además la supedita “a la previa comprobación por la autoridad de aplicación que deberá expedirse por resolución fundada sobre la autorización o rechazo de la transferencia solicitada teniendo en cuenta el cumplimiento de los requisitos solicitados para su adjudicación y el mantenimiento de las condiciones que motivaron la adjudicación”.

El 161, en tanto, cuyo planteo de inconstitucionalidad por parte de Clarín también fue rechazado por la Cámara, establece bajo la figura de la “adecuación” que “los titulares de licencias de los servicios y registros regulados por esta ley, que a la fecha de su sanción no reúnan o no cumplan los requisitos previstos por la misma, o las personas jurídicas que al momento de entrada en vigencia de esta ley fueran titulares de una cantidad mayor de licencias, o con una composición societaria diferente a la permitida, deberán ajustarse a las disposiciones de la presente en un plazo no mayor a un año desde que la autoridad de aplicación establezca los mecanismos de transición”.

Es lo que comúnmente se denomina “cláusula de desinversión”, y en el caso de la apelación del grupo empresario es considerada una suerte de “cláusula gatillo”, pues va atada al resto del fallo y, tal como fue firmado por los jueces Francisco De las Carreras, Ricardo Guarinoni y Susana Najurieta, no tiene efectos concretos.

En otras palabras, el fallo avala la desinversión, pero sostiene que el Grupo Clarín no tiene nada que desinvertir.

Respecto del artículo 45, el escrito de apelación, firmado por el abogado Damián Cassino, objeta la validez que el fallo le asignó a dos incisos referidos a la “multiplicidad de licencias”. El artículo en sí apunta a que “a fin de garantizar los principios de diversidad, pluralidad y respeto por lo local se establecen limitaciones a la concentración de licencias”.

La apelación que presentó el Grupo Clarín en la víspera es el paso previo a que el expediente quede radicado finalmente ante la Corte Suprema de Justicia.

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