(PR/NM) La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) dejó firme una serie de condenas por narcotráfico dictadas en distintas jurisdicciones del país, entre ellas Venado Tuerto, que involucran contrabando de cocaína, cultivo y comercialización de cannabis.
La CSJN entendió como «inadmisible» el planteo de las defensas en la causa por la que fueron condenados Jorgelina Daiana Carossi, Maximiliano Ramírez y Héctor Javier Guida, oriundos de Venado Tuerto.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 1 de Rosario había aplicado penas de 6 años de prisión para Carossi y Guida como autores del delito de «Tráfico de estupefacientes, en la modalidad de cultivo de plantas y guarda de semillas, y por Comercio de estupefacientes, agravado por la intervención de tres o más personas». Paralelamente, Ramírez fue sentenciado a 4 años de prisión por el delito de «Comercio de estupefacientes».
Al respecto se dio por probado que los imputados comercializaron estupefacientes en la ciudad de Venado Tuerto, entre noviembre de 2018 y diciembre de 2019.
Las resoluciones fueron firmadas por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes declararon inadmisibles los planteos de las defensas, mediante la aplicación del Art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
La organización
La resolución que fue apelada ante la CSJN considera que, conforme se precisó en el decisorio, Carossi y Guida -pareja de la imputada- serían quienes conseguían los estupefacientes por distintos contactos que mantenían en las cárceles donde estaban presos, sustancias que los restantes encartados (Fino, D.C., Montellanos y C.) revendían en esta ciudad.
Las distintas conversaciones que Carossi mantenía, principalmente, con su novio y su suegra dan cuenta de su activa participación en la organización, ya que son numerosas las escuchas en las que se hace alusión a un trabajo conjunto y organizado en el tráfico de sustancias y otras tantas más en el que terceras personas les piden drogas, lo cual también demuestra que se vendía al menudeo. A su vez, C. era quien llevaba a Viedma la droga que le pedía J.G., para que él pudiese ingresarla a la cárcel en la que estaba detenido.
Otros casos
Hace un mes, la CSJN también desestimó el pedido de tres mujeres narco de Venado Tuerto: Natalí Castelli, Georgina Fernández y Natalí Macedo González, quienes buscaban revocar su condena por perspectiva de género.
La defensa de las mujeres argumentó que habían tenido un rol secundario en la organización, liderada por sus parejas, vínculos en el que mediaba una diferencia de poder entre ambos. Por esto mismo, planteó que la causa no se enfocó con perspectiva de género. Sin embargo, los jueces declararon inadmisible la presentación.
En consecuencia, el máximo tribunal confirmó los 7 años y medio de prisión que recayeron sobre Castelli, mientras que Fernández y Macedo González fueron condenadas a 6 años cada una.





