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La Justicia ordenó a IAPOS que cubra la medicación de una niña afectada por una enfermedad poco frecuente

(PR/Norma Migueles) La titular del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial, María Celeste Rosso, resolvió un recurso de amparo interpuesto por una afiliada de Iapos, ordenando a la obra social que cubra una medicación recetada por el médico de cabecera de su hija, quien sufre una enfermedad poco frecuente (EPOF), por el término de seis meses, ya que la obra social había rechazado la cobertura.

«Corresponde hacer lugar a la medida cautelar solicitada y ordenar a Iapos que proceda a autorizar la cobertura de la medicación Tofacitinib 5 mg por el término de seis meses. Todo ello de acuerdo a lo prescripto por el médico tratante, conforme al resumen de historia clínica obrante en autos», señala la resolución.

«He de referir que entiendo que, cuando lo indicado por el médico tratante se contrapone con la opinión de otro profesional perteneciente a la obra social, debe darse prioridad a lo prescripto por el médico tratante, ya que éste posee el conocimiento del caso concreto y es quien ha procedido a revisar y a tratar el paciente en cuestión, a diferencia de los médicos de las auditorías que sólo revisan la documentación y estudios presentados sin hacer un seguimiento del caso concreto», advirtió Rosso.

Según la magistrada, la enfermedad que afecta a la paciente, Alopecia Areata Universal, se encuentra en el Listado de Enfermedades Raras y Poco Frecuentes (FADEPOF). A los fines de comenzar con el tratamiento el médico de la niña el 27/01 del corriente recetó la medicación por el sistema de Iapos, adjuntando el diagnóstico, historia clínica, scores y estudios complementarios, y mención de ensayos científicos, que avalan su pedido. A Su vez, el facultativo aclaró que ya se habían hecho tratamientos previos convencionales sin respuesta alguna.

Al momento de solicitar el medicamento la farmacia lo rechaza por no estar dentro de su vademécum sugiriendo otras medicaciones que, según había aclarado el médico, ya habían sido usadas sin resultados.

Consultado el precio de Laboratorio y gramaje recetado, en Internet se pudo observar que el valor oscila, según el proveedor, en los 3 millones de pesos, por lo que resulta casi imposible adquirir en forma particular para una familia de trabajadores.

«Como fundamento, además, tomo en cuenta la efectiva protección del derecho a la vida y su corolario, el derecho a la preservación a la salud, que no se vea irremediablemente afectado. En este punto del razonamiento surge la relación directa con el principio fundante de la dignidad inherente a la persona humana, soporte y fin de los demás derechos denominados humanos amparados en tratados internacionales», completó Rosso.

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