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La Legislatura aprobó, con modificaciones de Enrico, ley para juicios más rápidos en delitos “in fraganti”

 Jueces de Paz para General López. Senador provincial, Lisandro Enrico

Cuando el delincuente sea detenido cometiendo el ilícito, o a metros del hecho, los jueces podrán resolver con mayor rapidez su situación penal. Este procedimiento impulsado por el senador Enrico no estaba contemplado en el Código y se ajusta a la Constitución

La Legislatura de Santa Fe, aprobó el jueves último el procedimiento especial para los casos de flagrancia (atrapar al delincuente cometiendo el ilícito o a metros del hecho). De esta manera y a pedido del senador Lisandro Enrico, cuando el autor de un delito sea atrapado cometiendo el ilícito, los jueces podrán resolver con celeridad la situación penal del delincuente.

Con esto, se crea un proceso específico cuando una persona es detenida robando, intentando un robo o huyendo con los objetos robados, denominado como «proceso por flagrancia». En términos legales, lo que se propone con esta ley de Lisandro Enrico trabajada en conjunto con el diputado Santiago Mascheroni, es adaptar la figura de la «flagrancia» a la legislación penal moderna, en aquellos delitos donde el autor del hecho es sorprendido al intentar cometerlo, en el momento de hacerlo o inmediatamente después, para que tengan un mecanismo más rápido en su tramitación.

«Hay una necesidad de contar con una herramienta más expeditiva y que desde luego permita acceder al imputado a todas las garantías procesales y de fondo, aunque en una sucesión más abreviada de actos procesales», dijo el senador por el departamento General López.

La iniciativa reduce los plazos procesales, si se trata de personas detenidas in fraganti. Concentra en una misma jornada, es decir la misma audiencia, la imputación del delito al presunto autor; la posibilidad del imputado de declarar; el planteo o resolución de medidas cautelares de coerción como la prisión preventiva; el ofrecimiento de soluciones alternativas por parte de la defensa; la presentación de la pretensión punitiva por parte del fiscal; la participación del querellante, y la resolución de apertura del juicio oral, en una audiencia.

Enrico explicó que «una vez que se desarrolla esta audiencia de flagrancia, deja habilitado el proceso penal para pasar directamente al juicio oral en un plazo corto que no puede exceder los 10 días siempre y cuando se asegure la presencia del imputado, adoptando medidas para evitar la fuga u otros actos que impliquen peligrosidad procesal».

En ese sentido Enrico señaló que «establecer normas para los casos de flagrancia era importante y urgente para la nueva Justicia, debido a que empieza a tener un mayor volumen de causas en las que debe intervenir. Otras provincias argentinas cuentan con procedimientos similares y la explicación pasa por resolver de manera más rápida los casos sencillos y así concentrar el mayor esfuerzo procesal en los delitos graves».

Finalmente destacó que “es importante que se aprueben este tipo de leyes porque son lo que necesita la gente” y que “simplemente legislo en función de la necesidad que hay en la sociedad de tener más rapidez en el actuar de la Justicia”, completó Lisandro Enrico.

 

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