Según se desprende de la resolución, los locales gastronómicos (bares, restaurantes, heladerías y otros autorizados a funcionar como tales con concurrencia de comensales) deberán ajustarse a los siguientes horarios:
Los días 2, 3 ,8 y 9 de julio entre las 6 y las 23
Los días 4 a 7 de julio inclusive entre las 6 y las 19
Fuera de esos horarios, sólo podrán realizar actividad en las modalidades de reparto a domicilio y de retiro, siempre que esta última se realice en locales de cercanía. Las autoridades municipales y comunales deberán especificar en cada caso la cantidad de mesas que corresponda a los fines de cumplir con el coeficiente máximo del 30% de ocupación. Esta determinación deberá informarse al público en lugar visible en el ingreso.
También habilitó la #pescadeportiva y recreativa.
Las mismas estarán vigentes desde las 0 horas del 2 de julio y hasta el día 9 de julio de 2021 inclusive.


