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La tercera la vencida: la cámara ordenó la prisión de Olmos

(PR/NormaMIgueles) Hoy se realizó en los Tribunales de Venado Tuerto la audiencia de apelación horizontal, que la defensa de Alejandro Olmos presentó solicitando que el hombre permanezca en libertad hasta que quede firme la condena de 18 años que resolvió un tribunal oral hace dos meses. El juez de Cámara Juan Pablo Lavini Rosset hizo lugar al pedido de Fiscalìa y ordenó la prisión preventiva.

En el marco de los procedimientos adoptados al momento de decidir un magistrado la prisión preventiva de una persona, ofreció su testimonio el padre de la víctima, una niña menor de edad, oriunda de Villa Cañás quien fue abusada en el tiempo en el que su madre estaba en pareja con el condenado.

El hombre atestiguó vía telefónica que su hija desde hace más de dos años  vive en  el sur del país y no puede volver a su ciudad natal  a ver sus familiares por temor a encontrarse con el agresor, relató el calvario que sufre y resumió en una frase la situación “tiene miedo aunque  vivimos a 1700 kilómetros, estamos presos acá y no podemos ir a Villa Cañás”, planteò  solicitando al juez, “quiero que los derechos estén del lado de la víctima, espero que hoy quede preso para que mi hija pueda vivir en paz”.

Lavini Rosset escuchó los argumentos de la defensora Silvia Couselo, sobre el derecho de su defendido de transitar esta etapa del proceso en libertad, como lo hizo hasta la fecha y a los fiscales Mariana Vidal y Horacio Puyrredòn, quienes ya en el juicio y al enterarse de la condena de 18 años aplicada por el tribunal del juicio oral habían solicitado la prisión, pero el Tribunal no hizo lugar.

El camarista ordenó la prisión preventiva entendiendo que el monto de la pena (18 años) permitía prever el peligro de fuga. En tanto que otro de los puntos claves fue la priorización de los derechos de la víctima vulnerados desde hace más de dos años no puede retomar su vida normal, ya que se tuvo que mudar con su padre al sur del país al permanecer el perpetrador en libertad.

El magistrado se basó en las convenciones internacionales que protegen a los niños y mujeres y reglas de Brasilia, respecto a la violencia de género.

Olmos fue   condenado como autor material y penalmente responsable de los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante doblemente agravado -reiterados- y abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado -reiterados- a la pena de dieciocho años de prisión.

El sujeto abusó de la víctima mientras ella transitaba los últimos años de la escuela primaria en la ciudad de Villa Cañás. Según plantearon los fiscales el accionar delictivo tuvo lugar en una vivienda en la que ambos residían junto a otros integrantes del grupo familiar.

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