(PR/NormaMigueles) La justicia civil definió recientemente que Nanci Escribano, es la legitima heredera de la conocida dirigente rural y política Elizabeth Seret. El fallo es firmado por el juez de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de Melincué Alejandro H. Lanata, y declara prescripta la donación que oportunamente Seret realizo a sus dos sobrinos, en una situación en la que considera que “fue sometida a presión psicológica y violencia verbal por parte de los demandados pretendiendo lograr de la actora el otorgamiento de las referidas donaciones”.
Cabe recordar que el proceso Civil se inició, al igual que en el fuero penal, en el 2014, impulsado por la propia Seret, revocando la donación en el primero y por estafa en el segundo. Sin embargo, en 2023, cuando el fiscal Matías merlo, presentó la elevación a juicio, el juez Eduardo Bianchini, declaró la prescripción de la causa, que estuvo paralizada por años, a solicitud de las defensas de los imputados.
Lamentablemente la víctima, no pudo ver compensada sus expectativas en la justicia penal, ya que falleció en 2017. Sin embargo, la causa, impulsada por Escribano, siguió en el fuero Civil, y el 4 de julio pasado definió que las donaciones efectuadas por Seret a sus sobrinos, estuvieron viciadas de nulidad. Esto determinado en base a testimoniales de distintas personas, respecto al destrato dado por los beneficiarios a su tía.
El engaño
En una extendida Resolución con más de 130 fojas, el magistrado Civil, evaluó que para efectuar las donaciones Elizabeth Seret habría actuado “bajo el ardid y/o engaño de los accionados (dolo) debido a que los mismos la habrían convencido de suscribir esas donaciones para insolventarla y burlar el pago de un juicio laboral”.
Este convencimiento ocurrió en un momento “donde la donante se habría encontrado con su salud muy deteriorada y notablemente disminuida cognitivamente, dado que habría sufrido un coma diabético con accidente cerebro vascular y no habría comprendido la real importancia del acto que estaba suscribiendo” por lo que ya recuperada solicitó que se declare la nulidad de las escrituras en las que transferían a sus sobrinos la propiedad de dos campos: 34 has de “La Sidonie”, y 152 has de “La Mary”, la primera ubicada en Venado Tuerto y la segunda en San Eduardo.
El magistrado evaluó además “la conducta que habría tenido ambos donatarios a posteriori de las donaciones efectuadas”, dejando a su tía abandona y prácticamente en la indigencia, manejando su dinero y sus bienes, sin que ella pudiera continuar beneficiándose de los producido, aun cuando había una cláusula de usufructo.
Esto quedó registrado en diversos testimonios cercanos a la víctima, como cuidadores, empleados, enfermeros, incluso amistades. Si bien el aporte de las defensas sostenía que Elizabeth siempre estuvo lúcida y contenida por su familia.
La prescripción
La prescripción en el fuero penal de una estafa tan importante y que reaparece como fallida en la resolución del Civil, pone nuevamente en el tapete si la tibia mano del Poder judicial alcanza para dar respuesta a la demanda de los ciudadanos, que ven frustradas sus expectativas de recibir justicia, en tiempo y forma. De hecho, Seret, falleció tres años después de la demanda sin poder contar con ese apoyo.
Mientras tanto y en forma paralela, no es detalle menor la prosecución de la demanda en el fuero civil y su resolución, a pesar de la ausencia de la definición penal. Tema que se abordó abundantemente en estos días con la prescripción de la Mega Estafa II, bajo el argumento que esa medida “perjudica la demanda civil”, visto está, entonces, que no siempre es así.



