El juez de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Venado Tuerto, Tomás Orso, le contestó al senador Lisandro Enrico luego de que éste manifestara su preocupación por la supuesta libertad concedida a una persona que se encontraba, según el legislador provincial, “cumpliendo un proceso penal de siete años por habérselo encontrado culpable de cometer delitos de robo y lesiones en la localidad de Melincué, quien obtuvo su libertad por habérsele practicado una traqueotomía”.
Al respecto, el magistrado afirmó que esta persona “había cumplido la condena y estaba en prisión preventiva por otro hecho. Al mismo tiempo, encuadraba en uno de los supuestos en el que la prisión domiciliaria está permitida” y agregó que “no fue otorgada una libertad, sino que se transformó una prisión preventiva ordinaria en domiciliaria y bajo una serie de restricciones y requisitos previos (prestar fianza)”.
Por otra parte, Orso especificó que “el imputado no estaba cumpliendo pena (tenía un antecedente condenatorio del año 2010, cuya sanción ya había cumplido) sino que se presentó espontáneamente a la fiscalía cuando comenzó la investigación”. Además, el camarista deslizó que “no se le imputa un homicidio, ni un abuso sexual agravado, sino un hecho de robo y lesiones acaecidos en el marco de un incidente entre dos familias (con parentesco cruzado)” y que “se comprobó su estado de salud, tratándose una persona traqueotomizada (como consecuencia de un accidente previo a su detención) que requería particulares cuidados”.
Por esos motivos, y admitida incluso por la Fiscalía, “se consideró que su situación resultaba abarcada por las normas que regula la prisión domiciliaria y se tuvo en cuenta la situación actual generada por la pandemia Covid-19, obedeciendo las diferentes recomendaciones nacionales e internacionales que sugieren morigeraciones del encierro en este tipo de casos”.
Al mismo tiempo, Orso recalcó que “la medida también busca proteger al personal penitenciario y al resto de la sociedad en tanto también se evita la propagación viral en la cárcel, al tiempo que la Fiscalía puede presentar recurso ante la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe”.
El Dr Orso señala: “este tipo de planteos públicos se corresponden a una mirada cargada de demagogia punitiva que tienen ciertos políticos. En el caso del senador, más allá de que fue impreciso en muchas de sus consideraciones, como la relacionada al estado en que llegaba el imputado al proceso (en realidad estaba libre y no cumpliendo condena) y tampoco es cierto que se haya dado la libertad sino que se dictó una prisión preventiva domiciliaria, con reglas de conductas, restricciones y constitución de fianza», con lo cual tergiversa la situación…. Ojalá que ponga el mismo empeño en adecuar el sistema penitenciario a los requerimientos actuales, a los fines de evitar o al menos disminuir el hacinamiento que padecen la mayoría de las personas encarceladas, todo lo cual impacta de frente con el art. 18 de nuestra Constitución Nacional que afirma que las cárceles deberán ser sanas y limpias”.