Así lo pidieron los fiscales Matías Merlo y Juan Pablo Lavini Rosset para dos de los tres hombres imputados en un juicio oral y público. También solicitaron tres años y medio para el tercer hombre juzgado en calidad de partícipe secundario del delito. La sentencia se conocerá el próximo miércoles 1 de julio.
Los fiscales Matías Merlo y Juan Pablo Lavini Rosset pidieron penas de 16 años y seis meses de prisión para J.P., y de 18 años de prisión para G.L. por los de litos de promoción y facilitamiento de la prostitución, y de explotación económica de la prostitución de al menos 16 mujeres argentinas, paraguayas y dominicanas, ocurrido en la ciudad de Melincué. La pena solicitada está agravada porque en ambos delitos una de las víctimas era una menor de 16 años.
El pedido de los fiscales fue realizado el pasado viernes en su alegato de clausura en el marco del vigésimo juicio oral y público realizado en la provincia desde que entró en vigencia el nuevo sistema procesal penal. Por su parte, para el tercer imputado del caso –cuyas iniciales son MB–, los funcionarios del MPA pidieron tres años y seis meses de prisión, en calidad de partícipe secundario del delito.
El tribunal que deberá resolver la sentencia está compuesto por los jueces de Venado Tuerto, Jorge Jaúregui, Benjamín Révori y Silvina Marinucci. Según se informó, la sentencia será dada a conocer el próximo miércoles 1 de julio.
Todo probado
«Logramos reunir todas las pruebas y acreditamos cada uno de los hechos: el funcionamiento del bar El Nocturno; los acuerdos económicos que imponían los propietarios del lugar por los servicios sexuales de las mujeres y por el consumo de bebida de los clientes; y la participación de una menor de edad», señaló Merlo. En tal sentido, el titular de la Unidad Fiscal Melincué del MPA sostuvo que «citamos a declarar a 95 personas, entre ellas, testigos; policías; agentes municipales; empleados de un motel; remiseros; y choferes de los vehículos en los que eran transportadas las mujeres. Además, recurrimos a escuchas telefónicas y mensajes de texto a partir de los cuales corroboramos que el imputado G.L. fue quien hizo todos los arreglos para que la menor de edad –oriunda de la ciudad de Santa Fe– fuera llevada a Melincué».
Merlo también detalló que «los servicios sexuales eran prestados por las mujeres en una casa cercana a El Nocturno, vivienda que había sido construida por uno de los imputados; y también en un motel que tenía una tarifa especial para los hombres que iban con las mujeres del bar».
En relación al dueño del predio (cuyas iniciales son M.B.), «la Fiscalía acreditó que este hombre tenía pleno conocimiento de lo que ocurría en su inmueble. Cuando se hicieron los primeros allanamientos en 2012, el propietario del bar era otro. No obstante, a los cinco meses, el bar cambió de dueños y quedó en manos de J.P. y G.L.–los dos imputados en este caso. A pesar de ello, el inmueble siguió siendo usado con los mismos fines, y el propietario lo sabía».
Por último, Merlo indició que se solicitó el decomiso de la propiedad en el que funcionaba El Nocturno; de la vivienda construida por uno de los imputados en la que eran alojadas las mujeres y que también funcionaba como privado; los vehículos utilizados para transportar a las mujeres; y 150 mil pesos secuestrados en los allanamientos».
Amigo del Tribunal
En la tarde hoy se presentó como «Amicus Curiae» –que significa «amigo del tribunal»– la Universidad Nacional del Litoral, a través de su programa de Género, dependiente de la secretaría de Extensión Universitaria. La figura del «amigo del tribunal» está contemplada para este tipo de casos en el artículo 38 de la ley nacional 26.485 de protección integral de la violencia contra las mujeres, que sostiene que «el/la juez/a podrán solicitar o aceptar en carácter de amicus curiae la colaboración de organizaciones o entidades públicas o privadas dedicadas a la protección de los derechos de las mujeres».
El «amigo del tribunal»se presenta en un caso para dar su opinión –que no es vinculante– a partir de sus conocimientos, experiencia y trayectoria en la temática. «Si la explotación sexual de la prostitución es una especie de la violencia de género, entonces es posible que se presente un amigo del tribunal a dar su opinión», explicó Lavini Rosset. El fiscal agregó: «Se postula así una mirada de género sobre la problemática de trata y expotacion sexual, que trasciende la mera tipificación que hace nuestro Codigo Penal, pues involucra compromisos asumidos por el Estado Argentino en el derecho internacional de los Derechos Humanos».
Oficina de Prensa y Difusión MPA