viernes 6 junio 2025
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Una mujer sufrió una estafa digital y la Justicia obligó al banco a indemnizarla con más de 14 millones de pesos

La Justicia de Venado Tuerto condenó a un banco a resarcir económicamente a una mujer de 77 años que fue víctima de un engaño virtual.

La jueza María Celeste Rosso, del Juzgado Civil y Comercial de la Primera Nominación, ordenó al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. restituirle a la víctima $11.800.000 que fueron transferidos sin autorización desde su cuenta, más $3.000.000 en concepto de daño moral, una multa por daño punitivo y el pago de intereses y costas judiciales. El fallo se resolvió siete meses después de iniciada la demanda.

La mujer afectada es Nora Teresa Olivera, una histórica enfermera de la salud pública y privada, y una de las primeras universitarias de su región. Vive sola en su casa de la calle Italia, en Venado Tuerto, y fue reconocida por el tribunal como una “consumidora hipervulnerable”, categoría protegida por la Ley de Defensa del Consumidor y tratados internacionales.

El fraude ocurrió en septiembre de 2024. Olivera fue contactada a través de una falsa promoción en redes sociales. Al brindar sus datos personales, los estafadores accedieron a su homebanking e hicieron cinco transferencias por sumas millonarias hacia cuentas desconocidas.

La Justicia estipuló que el banco tuvo un fallo en el funcionamiento de su sistema de seguridad. El método de validación por SMS fue considerado débil y fácilmente vulnerable, sin ofrecer las garantías mínimas para proteger el dinero de los clientes. Además, el fallo destacó que las transferencias fueron atípicas por sus montos altos, y sin embargo, no se activó ningún sistema de alerta o verificación adicional.

“El banco alteró sustancialmente las condiciones del contrato de caja de ahorro, trasladando al cliente la responsabilidad de operar en entornos digitales inseguros, sin advertirle sobre los riesgos”, señala la resolución. También aclara que las entidades financieras no pueden trasladar al usuario la carga de los riesgos propios de su actividad.

Durante el juicio, el banco no sólo negó tener responsabilidad, sino que además no presentó pruebas clave, lo que fue duramente cuestionado por la magistrada. La sentencia se apoyó además en jurisprudencia nacional y en normas del Banco Central que obligan a las entidades a reforzar los controles ante operaciones sospechosas.

La demanda fue patrocinada por el abogado José María Cónzoli, representante local de la Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos (UCU). El caso sienta un precedente importante para otros damnificados por delitos digitales que reclaman justicia.

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