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Venado Tuerto: Litoral Gas y la CEVT imputados por cobrar tasas municipales en facturas de servicios públicos

(PR/NM) El Ejecutivo Nacional avanza en hacer cumplir la resolución que prohíbe el cobro de cargos ajenos a los servicios en las boletas. Las sanciones pueden superar los $2.000 millones, según informó la agencia Noticias Argentinas. 

La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía imputó a 95 empresas por haber incluido en las facturas tasas o cargos ajenos al contrato entre el proveedor y el consumidor. Según indicaron “las denuncias fueron recibidas en el correo electrónico habilitado para tal fin: [email protected]” y precisaron que “hasta el momento ingresaron 2.705 reclamos”. 

Se imputaron empresas de la ciudad y provincia de Buenos Aires, pero a su vez también de Misiones, San Juan, Entre Ríos, Santa Fe, Córdoba, Santa Cruz, Chubut, Chaco, Jujuy, Neuquén, Río Negro, Mendoza, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Luis, Santiago del Estero y Tucumán. 

En Santa Fe, fueron imputadas cuatro empresas que prestan servicios en las siguientes localidades:

  • Venado Tuerto: Litoral Gas y Cooperativa de Electricidad de Venado Tuerto. 
  • Murphy: Coop. de Provisión de Energía Eléctrica y otros servicios de Murphy Ltda.  
  • Rosario, Coronda, San Carlos y Los Quirquinchos: Empresa Provincial de Energía (EPE).
  • Cañada de Gómez: Litoral Gas. 
  • Santa Fe: Aguas Santafesinas.

Las actuaciones corresponden a facturas con vencimiento posterior al 11 de octubre, cuando entró en vigencia la resolución 267/2024, que determinó la prohibición de incluir en las facturas conceptos indebidos.

La norma había establecido que ya no se pueden incluir tasas como alumbrado, barrido y vigilancia en las facturas de proveedores de servicios públicos. Y aclara que “el incumplimiento será pasible de ser sancionado conforme el régimen de penalidades previsto por la ley”.

“A partir de recibir la notificación, las empresas tendrán cinco días hábiles para hacer su descargo. Cumplido ese plazo la Secretaría de Industria y Comercio sancionará a las empresas que no cumplieron la norma, de acuerdo a lo previsto por la Ley 24240 de Defensa del Consumidor, que en su artículo 47, inciso b, contempla multas de hasta 2.130 millones de pesos”, informaron desde la cartera conducida por Pablo Lavigne.

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