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Venado Tuerto: la Cámara Civil ratificó un fallo contra Banco Santa Fe por estafa virtual

(PR/Norma Migueles) La Cámara de Apelaciones Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto confirmó un fallo de primera instancia, condenando al Nuevo Banco de Santa Fe SA al reintegro de 11.800.000 pesos transferidos sin el consentimiento de una mujer jubilada hipervulnerable con tratamiento oncológico, más 3 millones de pesos por daño moral y daños punitivos, igual a diez canastas básicas, intereses y costas del proceso.

La presentación fue realizada desde la Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos (UCU) por el abogado José María Conzoli, quien señaló: «En este caso no hubo voluntad de la titular de la cuenta de disponer de los fondos depositados en ella, avisando al banco de lo que estaba ocurriendo. De ahí la responsabilidad es del banco, cuyo sistema debió activar una alarma por la operación inhabitual y requerir de un segundo factor de comprobación».

En ese sentido, recordó que se trataba de «operaciones infrecuentes para la cuenta» y era deber de la entidad asegurarse de que el sistema informático con el que opera encendiera una alarma y requiriera de un segundo factor de comprobación, de manera de asegurarse la identidad de la persona que hacía la transferencia y que era voluntad de la titular de la cuenta realizar las operaciones denunciadas.

Luego, Conzoli advirtió que «en este caso debieron ser al menos cuatro SMS de validación. De manera que no puede atribuírsele a una persona en condición de hipervulnerabilidad -la damnificada tenía entonces 77 años y estaba pasando por una enfermedad oncológica- haber dado sus claves personales cuando el sistema operativo del propio banco no alarmó ni a la entidad, ni a la clienta de lo que estaba sucediendo».

En ese sentido evaluó que «la entidad bancaria no demostró, a pesar de ser su obligación, haber cumplido con la normativa del BCRA en relación a los ‘Requisitos Mínimos de Gestión, Implementación y Control de los Riesgos Relacionados con Tecnología Informática, Sistemas de Información y Recursos Asociados para las Entidades Financieras’, que impone a la entidad financiera una serie de acciones y actividades concretas en preservación de la seguridad de los consumidores y usuarios».

Además, en la resolución se reprocha al Nuevo Banco de Santa Fe haber realizado una oferta compensatoria al momento de la audiencia de conciliación, de la que luego se retractó.

«Consideramos y valoramos la respuesta judicial en el dictado de resolución habiendo urgido el proceso en ambas instancias en menos de trece meses, con dos ferias incluidas, atendiendo la situación de la reclamante», completo Conzoli.

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