(PR/Norma Migueles) El juez de la Cámara Penal, Tomás Orso, rechazó un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la empresa Hijos de Daniel Young SA respecto a un dictamen del mismo magistrado de febrero de este año confirmando la resolución de primera instancia dictada el 16 de diciembre de 2025 -por el tribunal integrado por los jueces Leandro Martín, Aldo Baravalle y Mariana Vidal- mediante la cual no se consideró al peticionante parte de la causa como para hacer reclamos alguno y tampoco se hizo lugar al pedido de audiencia solicitado. La fiscal de causa es Mayra Vuletic.
En su dictamen, Orso puntualizó que «en la apelación presentada por los patrocinantes de la empresa demandante no existen argumentaciones que lleven a concluir que el
resolutorio es arbitrario. En consecuencia, debo rechazar sin más el recurso interpuesto, máxime que se pretende viabilizar la excepcional instancia del recurso de inconstitucionalidad a través de una mera discrepancia con la interpretación llevada a cabo por este órgano jurisdiccional respecto a cuestiones fácticas y de derecho común».
El magistrado planteó que «el principal escollo de la presente acción resulta la falta de legitimación del postulante ya que el mismo no es parte en el presente proceso penal y si bien tenía derecho a constituirse como querellante debió hacerlo durante la audiencia preliminar».
Cabe recordar que los campos de Agataura SCA fueron adquiridos por la empresa Hijos de Daniel Young SA, en principio de buena fe, pero las escrituras eran falsas, por lo tanto, no tenían validez legal. La transacción tuvo la intervención del abogado Antonio Di Benedetto, condenado como jefe de la organización delictiva que se apoderaba de bienes rurales para la venta en su propio beneficio. Así fue que en un par de operaciones, y haciendo uso de escrituras públicas apócrifas, se sustrajeron a Agataura SCA, 250 hectáreas ubicadas al sur de Venado Tuerto, cerca de la «Curva de Pastorino».
Por otra parte, el tribunal que condenó a Di Benedetto y otras dos personas resolvió que las escrituras eran falsas y, por lo tanto, no tenían validez legal, independientemente de la intención del comprador. En consecuencia, la propiedad debía volver a sus legítimos dueños, la familia Lucas.













