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Censo 2022: qué actividades funcionarán y cuáles quedarán suspendidas el 18 de mayo

El 18 de mayo fue declarado feriado nacional por el relevamiento que realizará el INDEC. El objetivo es que todos los argentinos estén en sus casas para responder el cuestionario y entregar el formulario online del Censo 2022.

Luego del aplazamiento provocado por la pandemia, el 18 de mayo se llevará a cabo el Censo 2022, organizado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), de forma presencial. Por primera vez, el Censo cuenta con una modalidad digital, que permite responder las preguntas a través de un formulario que se encuentra en la web del organismo desde el 16 de marzo de este año.

Ese miércoles fue declarado como feriado nacional, a través del Decreto 42/2022, con el objetivo de garantizar que todos estén en sus hogares para responder las preguntas del cuestionario censal. Cada casa deberá elegir a una persona de referencia para que brinde la información requerida por los censistas. El cuestionario del relevamiento consta de un total de 61 preguntas: 24 están relacionadas a las características de la vivienda y el hogar, y 37 se relacionan con la población.

Según informa la web del Censo, durante el operativo presencial, los censistas llevarán una pechera con la imagen oficial y el número telefónico de la mesa de ayuda (0800-345-2022), además de una credencial con sus datos personales (nombre, apellido y DNI).

Qué se puede hacer y qué no el 18 de mayo

Al tener carácter de obligatorio, según el artículo 17 del Decreto 726/2020, que regula los aspectos operativos del Censo, todos los habitantes el territorio nacional deben responder las 61 preguntas incluidas en el cuestionario. Dicho decreto señala: «Todos y todas los y las habitantes de la Nación quedan obligados y obligadas a responder la totalidad de las preguntas incluidas en el Censo, haciéndose saber que quienes no suministren en término, falseen u omitan la información solicitada incurrirán en infracción y serán pasibles de multa de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley N°17.622».

Por otra parte, la Ley 24.254, que declaró en 1993 como feriado el día del Censo, dispone en su artículo 2° que quedan prohibidas hasta las 20 horas del día indicado para la actividad censal en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos.

A saber: funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas, restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías.
Por otro lado, el artículo 4º de la ley advierte que «toda infracción a lo dispuesto en los artículos precedentes, será sancionada de acuerdo con las normas en vigencia relativas al trabajo en el día feriado». (PERFIL)

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