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sábado 7 septiembre 2024
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Causa Ortiz: El juez de Cámara pidió que se tramite el juicio a la brevedad 

(PR/Norma Migueles) La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Venado Tuerto rechazó el planteo sobre algunas cuestiones técnicas del proceso que se sigue a Pedro Ortiz -ex director de una institución privada venadense- imputado por cuatros hechos de abuso sexual, uno de ellos agravado, considerando que no estaba afectado el derecho a defensa. El camarista Juan Pablo Lavini Rosset, además, ordenó que continúe el proceso por las cuatro causas en Venado Tuerto y sugirió a la OGJ que se tramite el juicio a la mayor brevedad.

En la jornada del miércoles durante más de una hora y media la defensa de Ortiz apeló la resolución de primera instancia de la jueza de la causa Paula Borello, en tres puntos a saber:

  • Presentación extemporánea de Fiscalía de las pruebas al momento de elevar la requisitoria a juicio. 
  • Presentación de la acusación de la querella vencidos los plazos (tomados como días corridos)
  • Recusación de jueza de IPP en dos hechos que ocurrieron en la localidad de Santa Rosa de Calamuchita, entendiendo que correspondía seguir el trámite en esa jurisdicción. 

La voz del juez 

Al respecto Juan Pablo Lavini Rosset señaló, “recibimos un planteo por la competencia en relación a dos víctimas, donde la defensa sostuvo que debían tratarse las causas en la provincia de Córdoba, con la oposición de Fiscalía y querella. Tras escuchar las partes resolví que la causa continúe en Venado Tuerto y que se realice el juicio tan pronto como sea posible”, subrayó.

El magistrado indicó que hay causas en las que se tiene en consideración el interés superior de las víctimas y esta causa se inició en Venado Tuerto por hechos de presuntos abusos a niñas domiciliadas en esta ciudad, “la investigación, las declaraciones, las cámaras Gesell, la acusación se hicieron en Venado Tuerto durante los tres años que lleva el proceso y la defensa no se opuso, por eso entendimos que era correcto continuar las cuatro causas en esta ciudad”.

“La celeridad del proceso, mencionado como plazo razonable, es una garantía de los tratados convencionales, no sólo es beneficioso para el imputado que no tiene que sufrir la incertidumbre de su situación, sino también para las víctimas, para que la justicia llegue de forma eficaz, sobre todo para quienes son vulnerables, niñas, mujeres, víctimas de violencia, abusos, etc”, destacó Lavini Rosset.

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