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Ejercicio del derecho a voto de todas las personas privadas de su libertad

elecciones 2015El Servicio Púbico Provincial de Defensa Penal consiguió una resolución favorable por parte del Juez de Ejecución de Sentencia Penal, Dr. Alejandro Tizón, en relación al habeas corpus correctivo presentado por miembros de este órgano judicial solicitando que se remuevan los obstáculos legales que impiden votar a los internos condenados y procesados de la Provincia de Santa Fe.

El recurso, fue presentado por el Defensor General, Gabriel Ganón, el Defensor Regional de la 1er. Circunscripción, Sebastián Amadeo y los Defensores Públicos y Públicos Adjuntos de la ciudad capital, con el patrocinio letrado del Abogado Constitucionalista, Domingo Rondina.

La solicitud, tuvo como finalidad incorporar a las personas aquí representadas a los padrones correspondientes a todas las futuras elecciones, a modo de garantizar tanto el derecho a votar de la totalidad de los procesados como así también de las personas condenadas y sancionadas, como el derecho de toda la ciudadanía a contar con elecciones universales, y en condiciones de igualdad para todos los ciudadanos y ciudadanos. Asimismo, señala el habeas corpus que existe en el territorio una norma declarada inconstitucional, que impide el derecho a voto de los sujetos condenados.

En dicho escrito, alegan que en los últimos comicios llevados a cabo en la Provincia de Santa Fe, el Tribunal Electoral confeccionó un Registro de Electores Privados de su Libertad. Sin embargo, aquel padrón, solo contiene un número reducido -463- de procesados en los centros de detención.

En su oportunidad, la Defensa Pública inspeccionó todos los centros de detención de la Provincia de Santa Fe. Las conclusiones del monitoreo, arrojaron que el total de personas procesadas asciende a aproximadamente 2075, una cifra abultada en comparación con la informada por la autoridad electoral provincial.

Considerando las normas y disposiciones legales que establecen como prioritaria la promoción y vigencia de los Derechos Humanos esgrimidas por esta Defensa Pública, el Juez de Ejecución Penal de Santa Fe, Alejandro Tizón, resolvió hacer lugar al hábeas corpus correctivo interpuesto en ocasión, y, “autorizar a los internos que se encuentren cumpliendo condena en la Provincia de Santa Fe, a emitir su voto en las elecciones nacionales y/o provinciales que se lleven a cabo en territorio provincial”.

También, aclara que “se encuentra vigente la Ley 25.858” y sostiene que “los internos privados temporariamente de su libertad (procesados en prisión preventiva) tendrán derecho a emitir su voto en todos los actos eleccionarios nacionales y provinciales que se celebren durante el lapso que se encuentren detenidos”.

Por último, solicita que se informe del presente a la Dirección Nacional Electoral, al Juzgado con competencia electoral nacional en la Provincia de Santa Fe, a la Secretaría Electoral Provincial, al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe y/o los organismos que correspondiere, “a los fines de que se arbitren los medios necesarios para el cumplimiento de lo aquí resuelto y se incorpores a los padrones respectivos a los internos condenados con sentencia firma y a las personas privadas temporariamente de la libertad (procesadas)”.

Prensa Servicio Público Provincial de Defensa Penal

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