(PR/Norma Migueles) El defensor de Kevin P. explicó las causas por las que, el comerciante imputado por tentativa de homicidio de Juan Carlos Salinas -hecho ocurrido el 8 de noviembre de Pringles 88 de Venado Tuerto- fue visto en una entidad bancaria haciendo trámites, asegurando que se realizó en un contexto de legalidad y autorización.
“Me llama la atención que algunos operadores del Poder Judicial desconozcan el alcance de la acordada, que marca a las autoridades de la Alcaidía los parámetros para autorizar la salida de un detenido. En lo personal creo que es una maniobra para reinstalar el tema”, sostuvo Ignacio Blanc Codina.
El abogado aseguró que se siguieron todos los pasos legales previstos para cuando un detenido en prisión preventiva como es el caso, debe salir en forma obligada a realizar un trámite. Luego detalló que se consultó primero con las autoridades de la Alcaidía de Melincué, “la respuesta fue: la acordada* está, no la desconocemos pero hable primero con la gente de la Oficina de Gestión Judicial (OGJ). Hice la llamada y respondieron, ´Ignacio manéjalo con las autoridades de la Alcaidía´ y eso fue lo que se hizo”.
Respecto a la necesidad de la presencia del imputado en el banco, el defensor aclaró: “fueron las autoridades del banco quienes exigieron a su pareja que Kevin P. estuviera en persona para firmar una serie de formularios que eran necesarios para el trámite que tenía que hacer. A las 8:15 estuvo en el banco con custodia policial y de ahí se lo llevó a la Alcaidía”.
Finalmente, Ignacio Blanc Codina, evaluó que si bien hubo vecinos que se sorprendieron al ver al hombre con esposas y custodia policial, en lo personal “me sorprendió la reacción de algunos operadores del sistema judicial que deberían conocer los alcances de la acordada. La población en general no tiene la obligación de saber las normas que regulan la situación de los detenidos”, sostuvo.
*Años atrás y a los efectos de acelerar los trámites el Colegio de Magistrados de la 3era Circunscripción se acordó (en términos generales) que ante la necesidad de que un detenido tenga que salir a realizar trámites por razones de salud, fallecimiento o bancario, entre otros, puede hacerlo a solicitud de su representante legal ante las autoridades de la Alcaidía.