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El Gobierno subió las retenciones al campo y la soja quedó en 30 por ciento

El Gobierno Nacional cambió el esquema de retenciones, dejó sin efecto el límite de 4 pesos por dólar de retención, y subió los derechos de exportación para determinadas posiciones arancelarias.

En el mismo decreto se dispuso que «la alícuota del derecho de exportación establecido en el artículo 1º del Decreto N° 793/18 y sus modificaciones será del 9%».

De esta manera, el decreto que lleva la firma del presidente Alberto Fernández, del Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; del ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca, Luis Basterra, y de su par de Economía, Martín Guzmán, dejó sin efecto el decreto firmado en septiembre de 2018 por el expresidente Mauricio Macri en el cual se estableció un tope máximo de retención de $4 por dólar, pero no así el derecho de exportación del 12%.

La publicación del actual resolución ejecutiva cuenta con dos anexos en los cuales se establecen retenciones en torno al 5% (tope de $3 por dólar) y del 9%.

En este último, se incluyeron carnes, la harina de trigo, el arroz, el maní, la leche en polvo, el maíz pisingallo y las legumbres, entre otros.

Dentro del anexo 1, en lo que respecta a productos agropecuarios quedaron algunas producciones de economías regionales, como los limones o productos industriales.

Asimismo, al derogarse el monto máximo de retención de $4 por dólar y al no quedar incluido en ninguno de los dos anexos, fuentes del sector indicaron a la agencia Télam que los granos como el maíz y el trigo quedarían con una alícuota del 12%, establecido en el decreto original.

La soja, por su parte, pasaría a pagar derechos de exportación del 30%, debido a que la oleaginosa ya contaba con una retención fija del 18%.

La medida se tomó en base a «la grave situación por la que atraviesan las finanzas públicas», por lo que «resulta necesaria la adopción de urgentes medidas de carácter fiscal que permitan atender, al menos parcialmente, las erogaciones presupuestarias con recursos genuinos», indicó el decreto.

Además, el escrito indicó «que es clara la intención del Honorable Congreso de la Nación de dotar al Poder Ejecutivo de herramientas que le permitan adoptar, en forma ágil, medidas de política económica para ejecutar, entre otros objetivos, la política monetaria, cambiaria o de comercio exterior, estabilizar los precios internos y atender las necesidades de las finanzas públicas», y «que la aplicación de derechos de exportación e importación constituye un instrumento esencial de la política económica nacional».

Por otro lado, la resolución 196/2019 de Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, suspenderá el 16 de diciembre el registro de Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE).

«Suspéndase por el día 16 de diciembre del corriente año, la registración de las DJVE a la que se refiere el artículo 2° de la Resolución N° 128/19», indicó la resolución.

Hasta la fecha, las DJVE registradas marcaron un récord hasta la fecha con más de 40 millones de toneladas declaradas.

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