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Unánime acuerdo del Concejo para demoler el nuevo edificio de Taco

¿Se viene la demolición? El Concejo le dio la espalda a Taco.

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Los ediles de Venado Tuerto decidieron, por unanimidad, dar por terminado el conflicto con la tienda textil Taco que construyó en forma indebida en pleno microcentro venadense, sin respetar las normas vigentes en la ciudad.

El conflicto se inició varios meses atrás, e incluso la obra llegó a tener la faja de clausura del Municipio, pero el empresario hizo caso omiso de la medida y avanzó con la edificación que ahora, según el pedido del Concejo, debería ser demolida en parte.

El Legislativo local ratificó en todos sus términos la decisión de ordenar la paralización y posterior demolición de la obra realizada en un local lindero a la actual sede de Taco, en avenida Casey 647.

El Ejecutivo municipal fue quien, en esta oportunidad, volvió a poner el tema sobre el tapete al requerirle a la Comisión Mixta de Gestión Territorial, que se expidiera sobre la irregular construcción de la megatienda. 

El secretario de Obras Públicas, Esteban Monje fue el encargado de solicitar la intervención legislativa “habida cuenta de que la argumentación de los recursos incoados se funda, precisamente, en la interpretación de las disposiciones del Plan de Desarrollo Territorial”, según se notificó a la comisión.

En respuesta a la exigencia del Ejecutivo, el Concejo comunicó que “la Comisión Mixta de Gestión Territorial tiene la misión del seguimiento y perfeccionamiento de dicho plan, no tiene como misión emitir dictámenes legales”.

Para dejar en claro cuáles son las obligaciones de la Intendencia, los ediles le recordaron al gobierno de José Luis Freyre que la Ley Orgánica de Municipalidades dispone en el inciso 7 del artículo 41: “(…) cuando se tratase de una obligación prohibitiva y la obligación consistiese en la no ejecución de una obra, esta será destruida y repuestas las cosas a su estado primitivo a expensas también del infractor, procediéndose siempre administrativamente y dejando a salvo el derecho del interesado para recurrir ante los tribunales por las acciones que pudieran tener”.

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