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Comenzó a regir devolución del IVA para compras: comercios adheridos, topes y tiempos de reintegro

El programa Compre sin IVA, de devolución de ese tributo en adquisiciones de productos de la canasta básica, comenzó a regir este lunes en todo el país, en cumplimiento de la resolución 1373/2023 del Ministerio de Economía. La medida se publicó el sábado en una edición extraordinaria del Boletín Oficial junto a la reglamentación dispuesta por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en la resolución general 5418/2023.

Aquí, de una manera concreta y sencilla, todo lo que hay que saber sobre esta nueva política económica dispuesta por el ministro de Economía, Sergio Massa, para poner más dinero en el bolsillo de los trabajadores y para combatir la inflación, que en agosto batió todos los récords.

-Para qué productos y cuánto se devuelve: establece la devolución de la totalidad del IVA de los productos de la canasta básica, afectados en su mayoría por una alícuota del 21%, y tiene un tope de reintegro mensual de $18.800.

-A quiénes beneficia: abarca a trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, así como quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales con un máximo de seis haberes mínimos. También pueden acceder a la devolución del IVA el personal de casas particulares encuadradas en el régimen especial de la actividad, monotributistas de todas las categorías, y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas del Programa Potenciar Trabajo.

-Cuánto hay que ganar para acceder: el tope de ingresos para acceder al beneficio en el caso de los trabajadores es de $708.000 y de $ 524.758,56 para los jubilados.

-Los que quedan afuera: los contribuyentes del Impuesto a los Bienes Personales, siempre y cuando no paguen el tributo sólo por la tenencia de un inmueble para vivienda única, y los trabajadores autónomos.

-Cómo hay que pagar para tener la devolución: para acceder al beneficio se debe abonar con tarjetas de débito físicas de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o a través de pagos con débito con códigos QR.

-Cuánto tiempo tarda la devolución del dinero: luego de la transacción, el monto se reintegra a la cuenta bancaria asociada a dicha tarjeta en un máximo de 48 horas: dentro de las 24 horas para las compras realizadas entre las 0 y las 17 del mismo día, y dentro de las 48 horas para las realizadas después de las 17. Una vez realizados los reintegros, estos aparecerán en los resúmenes de cuenta de cada mes con el identificador «Reintegro programa Compre sin IVA».

-Comercios habilitados para este beneficio: los registrados ante la AFIP bajo 25 nomencladores de actividades económicas, incluyendo mayoristas, hipermercados, supermercados, minimercados, fiambrerías, almacenes, dietéticas, carnicerías, pescaderías, verdulerías, mercados y puestos móviles; y comercios alimenticios especializados.

-Cómo saber si compras en un comercio habilitado: hay que revisar que la actividad económica del comercio esté dentro de las detalladas en el Anexo de la RG (AFIP) 4676. Para consultar la actividad económica declarada en Afip, se puede ingresar en este link de AFIP e informar CUIT del comercio (si no se conoce, se puede ver en la constancia que debería tener a la vista en el local).

-Hasta cuándo regirá: se extiende hasta el 31 de diciembre próximo.

-Qué pasa con las billeteras virtuales: el gobierno nacional y los provinciales aclararon que este beneficio solo alcanza a las compras realizadas con tarjetas de débito, y no las efectuadas a través de billeteras virtuales, como por ejemplo Billetera Santa Fe.

 

 

Fuente: Rosario3

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