(PR) Si bien ambas mujeres fueron declaradas culpables de matar al nene, Magdalena Espósito Valenti fue favorecida por el beneficio de la duda en la acusación por violación de la que sí fue responsabilizada Abigaíl Páez.
La lectura del veredicto por el crimen de Lucio Dupuy dejó un sabor agridulce en el abogado de la familia de la víctima, José María Aguerrido. Si bien el letrado se mostró satisfecho porque las acusadas fueron declaradas culpables del homicidio agravado del niño de 5 años, que prevé una pena a prisión perpetua, aunque la condena se conocerá el 13 de febrero próximo; Magdalena Espósito Valenti, progenitora del menor, fue absuelta de la imputación por abuso sexual por la que sí fue hallada responsable su novia, Abigaíl Páez.
La decisión también generó cierto malestar en organizaciones sociales que este mediodía estuvieron en Santa Rosa, provincia de La Pampa, para seguir de cerca la lectura del veredicto. Los jueces del Tribunal de Audiencias, Alejandra Ongaro, Andrés Olié y Daniel Sáez, detallaron en el fallo los motivos por los cuáles solo Paéz fue hallada culpable del delito de abuso sexual con acceso carnal.
“En lo relativo al hecho de abuso sexual, estimo que Abigaíl Páez debe ser condenada por el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, agravado por haber tratado de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado”, expuso en su voto Olié, con el respaldo de los otros dos miembros del tribunal.
Para los jueces no quedó demostrado que la madre Lucio haya participado de los abusos el menor, porque no encontró pruebas suficientes para demostrar semejante aberración. Entonces, aplicaron el beneficio de la duda.
Según informa Infobae, la Fiscalía y el abogado de la familia habían entendido que la participación de la madre estaba probada por el hallazgo de su material genético en el elemento utilizado para perpetrar los ataques sexuales contra el chico. Sin embargo, para el tribunal ese ADN no fue suficiente para demostrar que Espósito Valenti hubiera participado de la violación.
“No hay dudas acerca de la ocurrencia del hecho (los abusos), el modo, el tiempo y elemento utilizado (o al menos uno de ellos); sí, en cambio, creo que las partes acusadoras solo han logrado producir prueba respecto de la autoría de una de ellas: Abigaíl Páez”, se sostuvo en el fallo condenatorio.
Así, el Tribunal de Audiencias de La Pampa consideró que Espósito Valenti fue la autora material del “homicidio triplemente calificado por el ensañamiento, la alevosía y por el vínculo” de Lucio, mientras que su pareja fue autora material del “homicidio calificado por ensañamiento y alevosía y por abuso sexual gravemente ultrajante” del niño.