En vísperas de Semana Santa, el Senado de Santa Fe aprobó cambios al Código Procesal Penal provincial. La iniciativa, que modifica más de 40 artículos, incorpora siete y deroga otros cinco de la Ley 12734.
“Es una herramienta necesaria y clave para la lucha contra la inseguridad y el narcotráfico” definió la senadora Leticia Di Gregorio.
La legisladora sostuvo que de esta manera, “continuamos acompañando a la gestión del gobernador Maximiliano Pullaro” en un contexto difícil que está atravesando particularmente la ciudad de Rosario. Además, recordó que en 100 días se aprobaron 31 leyes con sanción definitiva.
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La representante del departamento General López, fue categórica al afirmar que “estamos decididos a no dar un paso atrás en la lucha contra la narcocriminalidad, que hoy por hoy nos toca a todos los santafesinos”. En esta línea, Di Gregorio ponderó el acompañamiento de ambas cámaras para aprobar esta ley que es “sumamente importante porque busca agilizar y mejorar los procesos penales en nuestra provincia”, donde se tomaron en cuenta las voces de jueces, fiscales y demás operadores del sistema judicial.
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Finalmente, la senadora Leticia Di Gregorio insistió en que “seguimos trabajando firmemente, dotando de herramientas a la justicia para luchar contra la delincuencia” y “buscando llevar mayor tranquilidad y seguridad a cada santafesino”.
Principales reformas:
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1) Ampliación del plazo de detención a 15 días, prorrogable por 15 días más en causas de criminalidad organizada.
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2) Allanamiento fiscal en delitos de criminalidad organizada.
3) Se amplía el concepto de flagrancia.
4) Peligrosidad procesal: se agrega que la existencia de peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación se puede dar cuando ya hay personas privadas de la libertad.
5) Incorporación de técnicas especiales de investigación (arrepentido, informante, agente encubierto, agente revelador).
6) Modificación a la ley orgánica del personal policial: los efectivos no podrán detener o restringir la libertad corporal de las personas sin orden de autoridad competente. Excepcionalmente, podrán ser demorados en el lugar o dependencia policial.
7) La feria judicial no rige en materia penal.
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