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Venado Tuerto: condenaron a 10 de prisión a un hombre que abusó de la hija de su ex pareja

(PR) En un juicio abreviado que se realizó en los tribunales de Venado Tuerto, fue condenado a 10 años de prisión, William Alberto Galván, de 64 años, por ser autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal, contra la hija menor de edad de su ex pareja.

Los ilícitos fueron cometidos entre 2016 y 2020 mientras la víctima transitaba la última etapa de su escolaridad primaria y el primer tramo de la secundaria. La fiscal que investigó los ilícitos fue Mayra Vuletic, quien también representó al MPA en la audiencia en la que se impuso la pena. El juez que impuso la condena fue Leandro Martín.

Sobre los hechos, Vuletic señaló: «Los ataques sexuales fueron cometidos en el marco de la convivencia que mantenían el condenado y la víctima, a raíz de la relación de pareja que por esos años tenía el hombre con la madre de la niña».

«Galván salía a trabajar, pero volvía a la casa sin que su pareja lo supiera y se aprovechaba de la indefensión de la víctima», agregó la fiscal, quien explicó que «el condenado amenazaba a la niña, a quien le decía que si contaba algo de lo ocurrido le haría daño a sus hermanitos».

“En el contexto de una discusión familiar, la víctima pudo revelar lo sucedido y la madre llamó inmediatamente al 911. Tanto la menor como su madre realizaron la denuncia, se activaron los protocolos y se inició la investigación correspondiente», subrayó la funcionaria del MPA.

Vuletic hizo hincapié en que «la investigación que realizamos permitió demostrar las particulares características de extrema violencia en las que fueron perpetrados los ataques sexuales, el daño ocasionado a la víctima y el aprovechamiento de la situación de convivencia».

En tal sentido, concluyó que «la víctima consideraba al condenado como su padre, quien en vez de brindarle afecto y protección atentó contra su integridad sexual».

Abreviado

Galván reconoció expresamente su responsabilidad penal como autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal, ambos agravados por ser cometidos contra un menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia.

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