Una mujer que padece ceguera y se encuentra cursando su sexto mes de embarazo fue autorizada para ser atendida por Pami por tres meses. La cautelar pidiendo por la restitución de la obra social había sido solicitada por la defensora pública oficial y fue el Juzgado Federal de Venado Tuerto el que determinó días atrás que la mujer sea atendida por el lapso de noventa días.
La resolución judicial sostiene que “el día 30 de julio del corriente en el marco de la causa «C. E. P. N. e/ INSSJP-PAMI s/ Amparo Ley 16.986». expediente N° FRO 30073/2019. el Juez Federal a cargo de este Juzgado, Aurelio A. Cuello Murúa, resolvió hacer lugar a una medida cautelar solicitada por la Defensora Pública Oficial en representación de E.P.N.C. y ordenó al Pami incorporarla en forma inmediata como afiliada y brindarle las prestaciones médico asistenciales que su salud requiere por el término de tres meses”. “Específicamente, se trata de una joven mujer con un embarazo en curso que padece ceguera y, en razón de ello, posee certificado de discapacidad y recibe una pensión no contributiva por invalidez de parte de Ansés quien. al acercarse a las oficinas de este organismo, fue informada que Pami debía brindar la cobertura de salud para realizarse los controles de embarazo”, sostiene el fallo.
Sin embargo, la obra social negó su obligación, por lo que la joven se dirigió a la Defensoría Pública Oficial de la Nación de esta ciudad donde la Silvina Costa, Defensora Pública Oficial, como primera medida remitió un oficio al Pami solicitando la inmediata afiliación a ese instituto.
Lo cierto es que la joven no tenía respuestas por parte de Pami y así fue como Silvina Costa decidió interponer una acción de amparo el 25 de julio del mes pasado, en la que solicitó además el dictado de una medida cautelar.
La resolución del Juzgado Federal de Venado Tuerto sostiene que “luego de cumplimentarse el informe previsto por parte del organismo demandado (art. 8 de la ley de amparo N° 16.986) y una nueva vista a la Defensora, el Juez Federal analizó los requisitos de verosimilitud en el derecho, peligro en la demora y que la cautela no pueda obtenerse por otros medios procesales, e hizo lugar al pedido antes aludido; esto es, ordenó al Pami incorporarla en forma inmediata como afiliada y brindarle las prestaciones médico. asistenciales que su salud requiere por el término de tres meses hasta tanto se resuelva definitivamente el asunto”.
Carlos Walter Barbarich / La Capital