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Marcha atrás: Fiscalía desistió impulsar que una mujer humilde con 5 hijos vuelva a la cárcel

El Ministerio Público de la Acusación (MPA) dio marcha atrás y desistió impulsar que una mujer muy humilde a cargo de cinco hijos menores que cumple una condena domiciliaria ejemplar desde 2014, vuelva a prisión efectiva. Así lo había solicitado una fiscal de grado que fue muy cuestionada por tener un mirada social limitada, desestimó el interés superior de los niños y olvidó actuar con perspectiva de género. La decisión de dejar sin efecto el pedido no incluye sanciones a la funcionaria a cargo del legajo.

La resolución Nº 407 de la Fiscalía Regional Rosario, fechada el 31 de mayo, desactivó a tiempo la inexplicable pretensión de la fiscal de grado María Josefina Bertotto (oficina de Ejecución Penal), quien estuvo al borde de llevar a las ultimas instancias procesales su reclamo para que Norma S. vuelva a prisión efectiva.

Caso Social
El caso fue publicado por La Capital el 18 de mayo. Daba cuenta que en abril pasado la fiscal solicitó que a una mujer de 34 años condenada en 2014 a diez años de prisión por el homicidio de un hombre que abusaba y violentaba a una amiga con retraso madurativo, se le revoque la prisión domiciliaria que cumple al pie de la letra en una humilde vivienda del asentamiento El Mangrullo, en zona sur.
La fiscal solicitó primero que la controlen con tobillera electrónica, para lo cual el Ministerio de Seguridad hizo constataciones técnicas. Ante las precarias condiciones del lugar y la ausencia de servicios como electricidad, se determinó la imposibilidad de hacer el monitoreo del dispositivo.

En esta instancia intervino el Servicio Público de la Defensa Penal con la abogada Gabriela Cabrera. Según indicaron desde el organismo, a pesar de los antecedentes y la excelente conducta de la condenada, constados por distintos informes,la fiscal solicitó la revocatoria de la prisión domiciliaria porque la joven tiene “conexión clandestina de electricidad”.
En una audiencia celebrada el 28 de abril bajo la presidencia del juez Rafael Coria, la Fiscalía mantuvo su pedido, pero modificó el argumento por el que solicitó la revocatoria de la domiciliaria: indicó que se debía a que su hijo ya había cumplido cinco años, límite para acceder al beneficio.

El juez denegó la pretensión de la fiscal y resolvió mantener el encierro domiciliario de Norma, con las autorizaciones que se habían dispuesto en su momento (salida a un vivero para cursos de capacitación), y la habilitó para que acompañe a su hijo más pequeño al proceso de adaptación en un jardín de infantes.

Insistente
Sin embargo, Bertotto apeló esa resolución, lo cual dejó el proceso a las puertas de una nueva audiencia de revisión ante la Segunda Instancia Penal, trámite que estaba agendado para el próximo 7 de junio ante la jueza Carina Lurati. La postura de la fiscal disparó una catarata de críticas.
Desde la asociación civil la Colectiva de Abogadas Translesbofeministas solicitaron a la Fiscalía Regional la “adopción de medidas correctivas y sancionatorias” al considerar que Bertotto actuó “sin perspectiva de género” e ignoró la normativa en relación a la proporción de la pena, que resguardan el interés superior de los niños a cargo de la mujer, y no tuvo en cuenta el contexto social.

También desde la Casa Cristina Vázquez, que nuclea a la Asociación Pensamiento Penal y la ONG Mujeres Tras Las Rejas repudiaron la «política persecutoria de la Fiscalía. La decisión de la fiscal habla de una falta total de perspectiva de género y un punitivismo ciego. Olvida de la la perspectiva de los hijos y la mujer está en plazo para obtener la libertad condicional”.

Desistir
La visibilización del caso y las denuncia formal ante la Fiscalía Regional obligaron a revisar la conducta de Bertotto. Ayer, la misma titular del organismo, María Eugenia Iribarren, firmó la resolución Nº 407 donde le ordenó a su subordinada desistir de la apelación ante la Cámara Penal.

Igualmente rechazó iniciar un sumario administrativo a Bertotto para evaluar si corresponde sancionarla por su rol en el sensible legajo. Dice, por el contrario, que sí podría haber sido objeto de una sanción si no cumplía con “instrucciones particulares o generales” que revisten carácter obligatorio.
Aunque parece una contrasentido desde la evaluación del caso particular, Iribarren apunta en la resolución que en su rol de “dirigir, coordinar y supervisar la tarea de los fiscales” debe propender a “evitar el uso de prácticas burocráticas, e impartir instrucciones para una persecución penal más eficaz”.
Fuente: La Capital

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