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viernes 26 abril 2024
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Freyre promulgó la ordenanza de cierre dominical en supermercados

(Venado Tuerto) Desde el 2 de enero de 2014 los supermercados e hipermercados de la ciudad cuya superficie comercial supera los 100 metros cuadrados solo pueden permanecer abiertos de lunes a sábados y los días domingos hasta las 13, quedando exceptuados de esta obligación aquellos establecimientos de superficies menores a la indicada, los cuales deberán ser atendidos únicamente por sus propietarios.
La medida responde a la ordenanza 4409/13, promulgada mediante decreto 240 por el intendente José Luis Freyre, y tipifica las sanciones en caso de transgresión, que serán las siguientes: multa de 5 mil unidades fiscales (UF) la primera vez; 10 mil UF la segunda vez; y contemplando incluso la clausura del establecimiento en caso de reincidencia.
Cabe recordar que esta iniciativa responde al concejal Germán Mastri, en atención a la “situación planteada en torno a la problemática del descanso dominical de los trabajadores en relación de dependencia con empresas comerciales titulares de supermercados e hipermercados”.
En los considerandos se citan antecedentes históricos, originados en preceptos religiosos, sobre la limitación de la jornada de trabajo, como también legislación comparada en países latinoamericanos y europeos.
En el caso de la ley laboral argentina, se remonta a la primera norma, de 1905; y a la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744, lo cual demuestra que la prohibición de trabajo dominical “tiene un principio rector” en la legislación laboral vigente.
En cuanto a la Constitución Nacional, la ordenanza no suprime el derecho a trabajar, sino que reglamenta su ejercicio; como tampoco lesiona el derecho de igualdad ante la ley, al fijar excepciones comerciales. Finalmente, no contradice las prescripciones de la ley 24.309, pues la ordenanza no establece en forma literal la prohibición del trabajo ni del descanso dominical, antes bien “conmina” a que se cumplan normas de orden supralegal.

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